• Luna será ponente de esta iniciativa en Comisión I de Senado.

Bogotá, 26 de Mayo de 2023. La Ley de Sometimiento está a punto de iniciar su trámite en Comisión I del Senado de la República en donde el Senador David Luna radicó ponencia negativa al proyecto de Ley de “sometimiento” a las “estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto”, presentado por el gobierno de Gustavo Petro.

La ponencia negativa solicita el archivo de la iniciativa argumentando que esta iniciativa vulnera los convenios internacionales ratificados por Colombia en materia de lucha contra el narcotráfico y reparación integral a las víctimas porque desconoce los derechos de las víctimas, fomenta “el saneamiento” de dineros ilícitos y establecen privilegios desproporcionados en favor de las estructuras armadas. Además el proyecto contempla contenidos problemáticos que conducen a la impunidad y vulneran la separación de poderes.

Esta iniciativa presentada por el Gobierno Nacional lo que consagra es una serie de prerrogativas a favor de actores criminales, entre las que se encuentra la suspensión de la ejecución de la pena e incluso la renuncia a la persecución penal. La primera, tiene como efecto práctico, la libertad de criminales antes de que cumplan las condenas establecidas por los jueces de la República y la segunda; la extinción de la acción penal, de la responsabilidad penal y de la responsabilidad administrativa o disciplinaria derivada del delito.
El Senador David Luna argumenta que la iniciativa favorece la impunidad porque la aplicación del principio de oportunidad, en los términos propuestos en el proyecto, constituye un indulto disfrazado. Se permitiría que cualquier condenado por delitos graves, con pena de incluso 40 o 50 años, recupere la libertad de manera inmediata, así aún no exista una sentencia colectiva.

Así mismo, da cabida a que disidencias de grupos guerrilleros puedan beneficiarse, luego de haber incumplido a los Acuerdos, pues en el proyecto se señala que la ley excluye “a grupos y organizaciones armadas rebeldes que poseen carácter político con las cuales el Gobierno Nacional adelanta procesos de diálogo o conversaciones de paz”. Sin embargo, para Luna, debió señalarse expresamente también que excluía a disidencias de grupos con los cuales se hayan pactado acuerdos en el pasado, como producto de diálogos o conversaciones de paz.

Finalmente, Luna asegura que con este proyecto “se vulnera el principio de separación de poderes, ya que establece como obligación de la Fiscalía General de la Nación, entregar información a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz sobre indagaciones, investigaciones y procesos penales en curso”.