Martes, 22 de Septiembre de 2009 14:24
Antecedentes
La certificación periódica de los profesionales de la salud, fue recientemente aprobada por el Congreso de la República mediante la ley 1164 de 2007, denominada la ley de talento humano en salud. No obstante, esa norma fue declarada inexequible por la Corte Constitucional mediante la sentencia C – 756 de 2008. M.P Marco Gerardo Monroy Cabra.
El problema de la mencionada disposición – señaló la Corte – se circunscribió al hecho de que fueron aprobadas mediante ley ordinaria a pesar de que regulaban el núcleo esencial de los derechos fundamentales a ejercer la profesión y al trabajo de los profesionales de la salud (artículos 25, 26 y 27 de la Constitución Política), por lo que debían ser tramitadas mediante ley estatutaria. Por eso en esta oportunidad el proyecto se presentó como Ley Estatutaria.
Diagnóstico
Los profesionales de la salud (médicos, odontólogos, optómetras, psiquiatras, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, bacteriólogos, enfermeros) forzosamente tienen que estar en plan de actualización permanente mediante el estudio de publicaciones científicas periódicas, de cursos de actualización, de seminarios o conferencias, de participación en actividades de capacitación en métodos y procedimientos y de repaso o consulta de los libros de texto.
La vida media del conocimiento médico está actualmente alrededor de los dos años y medio, es decir, que en ese lapso la mitad del conocimiento se ha renovado o dicho de otra manera, la mitad de lo que se aprendió es obsoleto. Por lo anterior es necesario que los profesionales de la salud, estén en continuos planes de actualización.
Objetivo
El proyecto de ley tiene por objeto establecer mediante una norma jurídica y en consecuencia vinculante, la obligación que tiene el Estado de proveer, bien directamente o por intermedio de los particulares bajo su supervisión, los medios académicos, que les permitan a los profesionales de la salud mantenerse actualizados en los conocimientos adquiridos durante sus estudios superiores y de esa forma obtener una actualización, que les permita certificarse cada tres años.
Estado actual
Está para primer debate en la Comisión VI del Senado.
Descargue el Proyecto de ley. Educacion continuada profesionales de la salud